¿Conoces las nuevas sustancias utilizables para Agricultura Ecológica?

El Reglamento Europeo de Producción Ecológica recoge en sus anexos I y II los productos fertilizantes, acondicionadores de suelos y productos fitosanitarios, respectivamente, que pueden ser empleados en Agricultura Ecológica.

Estos productos son autorizados con la finalidad de mantener, aumentar o corregir la fertilidad del suelo, o bien para controlar los parásitos y enfermedades. Además, se definen como uso adicional a las técnicas alternativas que se pueden llevar a cabo y que están permitidas en Agricultura Ecológica.

Atendiendo a las necesidades de uso de productos fertilizantes y fitosanitarios complementarios que permitan atender las demandas, varios Estados miembros, de acuerdo al art. 16 del R(CE) 889/2008, transmitieron a la Comisión expedientes de sustancias con vistas a su inclusión en los anexos I y II.

¿Conoces las nuevas sustancias utilizables para Agricultura Ecológica?
Como resultado de esta valoración, se concluyó la publicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2164 de 17 de
diciembre de 2019, mediante el cual se modifican los anexos del R(CE) 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del R(CE) 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos.

Con respecto a los fertilizantes, el grupo de expertos EGTOP llegó a la conclusión, entre otras, de que las siguientes sustancias se ajustan a los objetivos y principios de la producción ecológica, teniendo en cuenta las condiciones establecidas para cada una de ellas.

  • Biocarbón – Producto de pirólisis obtenido de una variedad de materiales orgánicos de origen vegetal no tratados o tratados con productos incluidos en el anexo II. Este debe ser aplicado como acondicionador del suelo. Para este se establece como condición un valor máximo de 4 mg de hidrocarburos aromáticos policíclicos por Kg de materia seca.
  • Residuos de moluscos – Procedente de la pesca sostenible o de la acuicultura ecológica. – Cáscaras de huevo – Procedente de ganaderías no intensivas. – Ácidos húmicos y fúlvicos – Obtenido a través de sales/ soluciones inorgánicas excluidas las de amonio.
    En relación con los productos fitosanitarios, el EGTOP concluyó la incorporación de las siguientes sustancias: «maltodextrina», «peróxido de hidrógeno», «terpenos (eugenol, geraniol y timol)», «cloruro de sodio», «cerevisane» y piretrinas de otras plantas distintas de Chrysanthemum cinerariaefolium.

Por tanto, con la inclusión de estas sustancias se amplían los listados de productos fertilizantes y fitosanitarios recogidos en los anexos I y II, para su uso en agricultura ecológica.

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